¿Qué quiere decir el “derecho de toda persona de acceder a los documentos públicos”?

¿Qué quiere decir el “derecho de toda persona de acceder a los documentos públicos”?

AbstractCualquier persona puede obtener información pública sin restricción alguna y sin necesidad de satisfacer un requisito concreto. La solicitud y obtención de esta información es gratuita. Su acceso no puede condicionarse a un pago previo por parte de quien la solicita. En casos de consulta de documento o expedición de certificados, el peticionario puede estar obligado a pagar el costo de las fotocopias, en el primer caso, o de la tarifa de derechos de Ley, en el segundo.

Cualquier persona puede obtener información pública sin restricción alguna y sin necesidad de satisfacer un requisito concreto. La solicitud y obtención de esta información es gratuita. Su acceso no puede condicionarse a un pago previo por parte de quien la solicita. En casos de consulta de documento o expedición de certificados, el peticionario puede estar obligado a pagar el costo de las fotocopias, en el primer caso, o de la tarifa de derechos de Ley, en el segundo.
La información sobre el funcionamiento y la actuación de las entidades del Estado es pública. Son documentos aquellos otorgados por un funcionario público “en ejercicio de su cargo o con su intervención” y, en general, aquellos que reposan en las oficinas y dependencias públicas. En casos en que esta información no esté consignada
en un documento, pero sobre la cual una entidad o un funcionario público tiene conocimiento, puede solicitarse la expedición de un certificado que la acredite.
URL: http://masinformacionmasderechos.net/preguntas-sobre-acceso/pregunta03


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